Durante la mesa redonda de divulgación de la CPI en el Pacífico (celebrada en Sídney, Australia, en el 2012), Micronesia confirmó, en el último Examen Periódico Universal llevado acabo en noviembre de 2015, su compromiso de abordar el tema de la ratificación del Estatuto de Roma. Se explicó que los esfuerzos han sido lentos hacia la consecución de dicho objetivo debido a los vínculos políticos, económicos y de seguridad del país con los Estados Unidos.
La capacidad de desarrollar una legislación que aplique las provisiones del Estatuto de Roma es una cuestión importante para el país. Micronesia es reacia a ratificar tratados sin la capacidad de desarrollar una legislación de aplicación tras haber sido colocada en el tercer nivel del informe sobre la trata de personas realizado por el Gobierno de EE. UU. como consecuencia de la falta de legislación nacional que abordase la cuestión.
Las prioridades nacionales identificadas fueron la trata de personas y la delincuencia transnacional (especialmente el contrabando humano y el blanqueo de dinero). Aunque el Estatuto de Roma no estaba dentro de las prioridades Micronesia, esto no implicaba que el país no considerase importante formar parte del Estatuto de Roma.
Firma, ratificación/adhesión al Estatuto de Roma de la CPI: | |
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Fecha de firma | Sí, firmado el 28 de agosto de 1998. |
Fecha de ratificación | Sí, ratificado el 16 de febrero de 2000. |
Las Enmiendas al Estatuto de Roma | |
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Ratificación de la Enmienda de Kampala al Artículo 8 del Estatuto de Roma sobre Crímenes de Guerra [uso de armas envenenadas, gases asfixiantes o balas que se ensanchan en CANI] (2010): | Sí, ratificada el 10 de junio de 2013. |
Ratificación de la Enmienda de Kampala al Estatuto de Roma sobre el Crimen de Agresión reflejada en el Artículo 8 bis (2010): | No. |
Ratificación de la Enmienda al Artículo 124 del Estatuto de Roma (2015): | Sí, aceptada el 1 de julio de 2016. |
Ratificación de la Enmienda al Artículo 8 del Estatuto de Roma sobre Crímenes de Guerra [uso de armas biológicas] (2017): | Sí, aceptada el 22 de marzo de 2021. |
Ratificación de la Enmienda al Artículo 8 del Estatuto de Roma sobre Crímenes de Guerra [uso de armas láser cegadoras] (2017): | Sí, aceptada el 22 de marzo de 2021. |
Ratificación de la Enmienda al Artículo 8 del Estatuto de Roma sobre Crímenes de Guerra [fragmentos no detectables] (2017): | Sí, aceptada el 22 de marzo de 2021. |
Ratificación de la Enmienda al Artículo 8 del Estatuto de Roma sobre Crímenes de Guerra [inanición como crimen de guerra en CANI] (2019): | Sí, aceptada el 22 de marzo de 2021. |
Adopción de legislación nacional sobre el Estatuto de Roma de la CPI | |
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Noruega ha implementado todos los crímenes recogidos en el art. 5 del Estatuto de Roma mediante el Código Penal. El Código también incorpora disposiciones sobre los principios generales del derecho penal internacional recogidos en el Estatuto de Roma, excepto el principio sobre la “Improcedencia del cargo Oficial” (art. 27) y “Órdenes superiores y disposiciones Legales” (art. 33). Aparte del Código Penal, Noruega ha promulgado la “Ley No. 65 de 15 de junio de 2001 relativa a la aplicación del Estatuto de la Corte Penal Internacional de 17 de julio de 1998.” Así mismo, el Código Penal contiene algunas disposiciones sobre cooperación con la CPI (arts. 157, 160 y 221). |
Los Acuerdos de Cooperación | |
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Ratificación sobre los Privilegios e Inmunidades de la Corte Penal Internacional (APIC): | Sí, ratificado el 10 de septiembre de 2002. |
Firma del Acuerdo sobre Ejecución de Sentencias con la CPI: | Sí, adoptado el 7 de julio de 2016 y entrada en vigor el 6 de agosto de 2016. |
Firma del Acuerdo sobre Libertad Provisional o Liberación Final con la CPI: | No. |
Firma del Acuerdo Bilateral de Inmunidad con Estados Unidos: | No. |