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La visión de PGA es contribuir a la creación de un orden internacional basado en el imperio de la ley para un mundo más equitativo, seguro, sostenible y democrático.

Cooperación

¿Qué significa “cooperación”?

El Estatuto de Roma establece la obligación de cooperar plenamente con la CPI (art. 86), así como de adoptar procedimientos internos para la cooperación (art. 88). La Parte 9 del Estatuto de Roma establece las oblilgaciones de los Estados Partes hacia la Corte. Estas obligaciones también pueden extenderse a los Estados no Partes en función de acuerdos o resoluciones ad-hoc adoptados por el Consejo de Seguridad en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas.

La Argentina y la Corte firman acuerdos relativos a la libertad provisional y a la puesta en libertad de personas; de esta manera, la Argentina refuerza su compromiso con la rendición de cuentas y los juicios justos

La obligación de cooperar bajo el Estatuto de Roma abarca:

  1. Arresto y entrega de personas a la Corte (art. 89 del Estatuto de Roma)
    De acuerdo con el Estatuto de Roma, los juicios en ausencia no pueden llevarse a cabo. Por lo tanto, para garantizar el comienzo y la integridad de los procedimientos judiciales, los Estados Partes deben cumplir con su obligación legal de ejecutar las solicitudes de la Corte de arresto y entrega de individuos buscados.

  2. Otras formas de cooperación (art. 93 del Estatuto de Roma)
    Estas incluyen, entre otras, la toma de evidencia; el cuestionamiento de personas investigadas o enjuiciadas; la ejecución de búsquedas e incautaciones; el suministro de registros y documentos (incluyendo documentos oficiales); la protección de víctimas y testigos; la identificación, el rastreo y el congelamiento o incautación de ingresos, propiedades y activos.

Otros acuerdos de cooperación con la CPI

Acuerdos adicionales al Estatuto de Roma son necesarios para expandir el marco actual de cooperación con la Corte:

  1. Acuerdo de privilegios e inmunidades de la Corte (APIC, por sus siglas en inglés)
    El APIC está diseñado para brindar a los funcionarios de la CPI la protección necesaria para llevar a cabo investigaciones de manera eficiente, salvaguardar a las víctimas, testigos y abogados defensores, y garantizar la confidencialidad y seguridad de los documentos, materiales e información manejados por la CPI en el territorio de sus Estados Partes. Dado que el APIC es igual a cualquier otro tratado internacional, cualquier Estado puede unirse a él, no sólo los Estados Partes en el Estatuto de Roma.

  2. Acuerdos bilaterales con la CPI

    • Ejecución de las penas

      El Estatuto de Roma prove que, una vez que haya concluído un juicio, las penas de prisión deberán servirse en un Estado designado por la Corte dentro de aquellos que hayan manifestado su voluntad de ejecutar las sentencias de la CPI. Esta voluntad se expresa por medio de la firma de un tratado bilateral con la CPI.

    • Reubicación de testigos y víctimas

      Bajo el artículo 68 del Estatuto de Roma, la CPI debe proteger a sus testigos, víctimas participantes en los procedimientos y cualquier otro individuo bajo riesgo debido a los procedimientos de la Corte, incluyendo su reubicación si así fuera necesario. Para el caso de reubicaciones internacionales, la Corte depende enteramente de que los Estados Partes respeten sus acuerdos de cooperar. La implementación de éstos acuerdos no tiene costo para el Estado que asista a la CPI.

    • Libertad provisional y puesta en libertad

      El artículo 60 del Estatuto de Roma otorga al acusado el derecho de solicitar libertad provisional. Sin embargo, este tipo de cooperación de los Estados para con la CPI no es obligatoria y muchas legislaciones nacionales de implementación del Estatuto de Roma no contienen disposiciones específicas sobre cómo abordar estas solicitudes por parte de la Corte. Con respecto a la puesta en libertad o los casos absolutorios, la Corte ha finalizado un borrador de acuerdo marco que está abierto a la discusión y alienta a los Estados a contactar a la Secretaría en caso de estar interesados.

¿Por qué es importante la cooperación?

La CPI no tiene sus propias fuerzas policiales a disposición. Por lo tanto, en situaciones en que la CPI tiene jurisdicción, la Corte se basa completamente en los sistemas nacionales de ejecución de la ley para dar cumplimiento a sus órdenes, incluidas las solicitudes de arresto y entrega de personas acusadas de genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra o crímenes de agresión.

Sin la cooperación por parte de los Estados, los procedimientos de la Corte se retrasan (reduciendo así la eficiencia de la CPI y aumentando sus costos) o no se cumplen (poniendo en riesgo el mandato de la Corte y el sistema del Estatuto de Roma en su totalidad).

No cooperación

En virtud del art. 112 (f) del Estatuto de Roma, una de las prerrogativas de la Asamblea de los Estados Partes (AEP) es considerar cualquier cuestión relacionada con la falta de cooperación. Se concede al Consejo de Seguridad una prerrogativa similar para situaciones que ha remitido a la Corte en virtud del artículo 13 (b) del Estatuto.

La acción de la AEP y del Consejo de Seguridad es necesaria una vez que los órganos judiciales de la Corte hayan determinado que un Estado ha incumplido sus obligaciones de cooperación.

En diciembre de 2011, la AEP adoptó procedimientos específicos para abordar casos de falta de cooperación detallados en el Anexo de la Resolución 5. Este mecanismo permite que numerosas medidas de carácter diplomático sean tomadas principalmente por el Presidente de la AEP en consulta con la Mesa de la AEP.

Logros

PGA ha participado desde 2005 en consultas para apoyar la creación de un órgano subsidiario que pueda tratar casos de cooperación, así como para llegar a un consenso sobre las medidas legales que podrían imponerse para prevenir y abordar eficazmente los fracasos de la cooperación.

Además, PGA es una de las pocas organizaciones en el mundo que trabaja activamente para promover la cooperación de los Estados con la CPI. A través de la asistencia técnica y política, la Campaña para el Estatuto de Roma de la CPI ha producido resultados tangibles en aproximadamente 10 países, que incluyen:

  1. Argentina – El 28 de febrero de 2018, Argentina firmó su tercer y cuarto acuerdo de cooperación con la Corte Penal Internacional (CPI) sobre libertad provisional y puesta en libertad de personas. El 20 de abril de 2017, el Grupo Nacional argentino de PGA copatrocinó un Seminario sobre la lucha contra la impunidad por crímenes complejos, que tuvo lugar en el Ministerio de Relaciones Exteriores. Durante este evento, los funcionarios no sólo anunciaron el depósito del instrumento de ratificación de las enmiendas de Kampala al Estatuto de Roma, sino también la conclusión de un acuerdo de cooperación para la ejecución de las penas. Esto se materializó el 21 de noviembre de 2016, cuando el Embajador de Argentina en el Reino de los Países Bajos, S.E. el Sr. Horacio Salvador, y el Secretario de la CPI, el Sr. Herman von Hebel, firmaron un acuerdo de cooperación sobre la protección de testigos. Argentina es el único Estado que ha concluido los cuatro acuerdos de cooperación con la CPI. Este logro representa la culminación de esfuerzos concertados y sostenidos entre el Grupo Nacional de PGA de Argentina, los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Justicia y de Derechos Humanos de Argentina, así como la Corte Penal Internacional (CPI) y las organizaciones de la sociedad civil.

  2. Chile – Desde 2018, legisladores chilenos han pedido activamente a su Gobierno que envíe el Proyecto de Ley de Cooperación con la Corte Penal Internacional al Congreso. Después de varias consultas técnicas, el 12 de mayo de 2020 el Gobierno envió el proyecto de ley de cooperación a la Cámara de Diputados de Chile a través de la comunicación número 13505-10.

  3. Costa Rica – El 4 de abril de 2018, la Asamblea Legislativa de Costa Rica aprobó por unanimidad el proyecto de ley número 19.665 sobre Cooperación y Relaciones con la Corte Penal Internacional (CPI), basada en la Ley de Referencia de PGA de cooperación con la CPI, la cual crea marcos legislativos para la cooperación directa entre los órganos judiciales y fiscales del Estado y la CPI, así como para dar efecto directo a todos los esquemas de cooperación voluntaria promovidos por la CPI.

  4. República Dominicana – El 12 de julio de 2018, el Plenario de la Cámara de Diputados aprobó en segunda lectura el Proyecto de Ley de Cooperación y Relaciones con la CPI, basado en la Ley de Referencia de PGA de cooperación con la CPI.

  5. Ecuador – El 24 de septiembre de 2019, la Secretaría de PGA presentó formalmente a la Presidenta del Grupo Nacional de PGA un proyecto de ley de cooperación con la CPI a medida, incluyendo disposiciones sobre investigaciones financieras y mejores procedimientos para la nominación de jueces a la CPI. El proyecto de ley de cooperación número 397-SB-AN-2017-2021, basado en la Ley de Referencia de PGA, fue presentado a la Asamblea Nacional por la Presidenta del Grupo Nacional de PGA en Ecuador el 31 de octubre de 2019. La oficina de la presidencia acusó recibo del proyecto de ley y ha iniciado el proceso legislativo. El proyecto de ley de cooperación debe enviarse a la Comisión de Asuntos Exteriores. Luego, tendrán lugar dos debates plenarios.

  6. El Salvador – Gracias al liderazgo de una miembro de PGA, ex Presidenta de la Comisión de Asuntos Exteriores, el proyecto de ley de cooperación está pendiente ante la Comisión. PGA brindó asistencia técnica y legal a solicitud de su miembro en El Salvador. En 2018, la miembro del Comité Ejecutivo de PGA en El Salvador comenzó a hacer campaña para la Vicepresidencia de la República, lo que puso un freno a los esfuerzos de abogacía que PGA venía llevando a cabo hasta la fecha. Sin embargo, al asistir al Seminario subregional de Honduras en octubre de 2018, el Secretario de la Asamblea Legislativa y miembro de PGA aseguró a la Secretaría de PGA que revitalizaría el expediente de implementación de la CPI. Las elecciones presidenciales tuvieron lugar el 3 de febrero de 2019, después de lo cual PGA ha estado involucrando a sus miembros en un contexto institucional difícil para fomentar la voluntad política para el proyecto de ley de implementación que incluye disposiciones de cooperación con la CPI.

  7. Honduras – El 13 de marzo de 2020, la Secretaría de PGA compartió un proyecto de ley de cooperación a medida basado en su Ley de Referencia de cooperación con la CPI con un parlamentario de Honduras, miembro del Comité Ejecutivo de PGA. El borrador se presentará en breve al Congreso Nacional, luego de consultar con colegas parlamentarios de los Comités pertinentes.

 

PGA fue instrumental en la adopción por parte de la Commonwealth de una Ley Modelo revisada para implementar el Estatuto de Roma. Un ejemplo destacado de la asistencia técnica de PGA a los países de la Commonwealth es el siguiente:

  • Kiribati: en marzo de 2011, durante la Primera Conferencia de Asia y el Pacífico de PGA sobre la CPI y el Estado de derecho organizada en Kuala Lumpur en cooperación con el Parlamento de Malasia, el Presidente del Parlamento de Kiribati declaró que el gobierno todavía estaba en el proceso de estudiar la CPI y evaluar su propia capacidad para ser un Estado Parte. Una prometedora reunión con el Fiscal General, Titabu Tabane, tuvo lugar en julio de 2011 en la reunión de Ministros de Derecho de la Commonwealth en Sydney, en la cual se aprobó la Ley Modelo de la Commonwealth Revisada para Implementar el Estatuto de Roma de la CPI, a cuya redacciónPGA contribuyó.

    En marzo de 2014, PGA entregó al Gobierno de Kiribati un paquete completo de asistencia técnica para la adhesión al Estatuto de Roma enmendado, junto con la Ley Modelo de la Commonwealth Revisada para implementar el Estatuto de Roma en el marco legal nacional. El memorando preparado por PGA incluyó: borradores de documentos del gabinete sobre la adhesión que contienen información básica sobre el Estatuto de Roma de la CPI; una descripción detallada del contenido del Estatuto; y recomendaciones de acción para proceder con la adhesión al Estatuto de Roma por parte del Gobierno de Kiribati (incluido un borrador de carta de notificación de adhesión al Estatuto de Roma).

    En mayo de 2019, una delegación de representantes gubernamentales de Kiribati, incluido el entonces Ministro de Justicia, el Hon. Natan Teewe Brechtefeld, asistió a la Mesa Redonda de las Islas del Pacífico sobre la ratificación e implementación del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, coorganizado por el Gobierno de Vanuatu y PGA, con el apoyo de la República de Corea y la CPI. Durante las reuniones bilaterales posteriores a la Mesa Redonda, el Hon. Natan Teewe confirmó el interés de Kiribati en adherirse al Estatuto de Roma. Dos semanas después de la Mesa Redonda, el Gabinete de Kiribati aprobó la decisión de adherirse al mismo. Este hito fue el resultado de los esfuerzos de abogacía de los parlamentarios miembros de PGA.

Los miembros de PGA han promovido la adopción de legislaciones efectivas de cooperación con la CPI y se han movilizado para fomentar la voluntad política y crear conciencia sobre los casos de no cooperación con sus colegas legisladores y constituyentes. Entre los casos de no cooperación se incluye la ejecución de arresto pendiente de la CPI contra el ex presidente sudanés Sr. Omar Al Bashir y el líder del Ejército de Resistencia del Señor, Joseph Kony.